En el BOE número 170 de 20 de julio tuvo lugar la publicación de la Orden PCM/818/2023, de 18 de julio, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de junio de 2023, en el que se aprueba el Plan de Incorporación de la Metodología BIM en la contratación pública de la Administración General del Estado y sus organismos públicos y entidades de derecho público vinculadas o dependientes.
Para ponernos al día, tenemos que indicar que la Directiva 2014/24/UE ya instó a los estados miembros a modernizar y mejorar los procesos de contratación pública mediante el uso de tecnología en los procedimientos de licitación.
De forma concreta, la Directiva establecía en su artículo 22.4 la posibilidad de que los estados miembros exigiesen el uso de herramientas de diseño electrónico de edificios o herramientas similares, es decir, soliciten el uso de BIM.
La redacción de este Plan BIM viene a buscar la consecución de dos objetivos principales:
- Mejorar la eficiencia del gasto público en los contratos del sector público.
- Servir de palanca para la transformación digital del sector de la construcción.
El Plan BIM cuenta con 6 secciones:
- Introducción.
- BIM en la contratación pública: Eficiencia del gasto público e innovación en el sector de la construcción.
- Diagnóstico sobre la situación de la Administración General del Estado y organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes para el uso de BIM en la contratación pública.
- Objetivo del Plan de incorporación de la metodología BIM en la contratación pública.
- Actuaciones para la incorporación de BIM en la contratación pública.
- Seguimiento y revisión del plan.
Con este Plan se pretende una incorporación progresiva de la Metodología BIM en el horizonte temporal de 2030 a determinados tipos de contratos.
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